Aplazamiento de los plazos de adaptación a Verifactu
En los próximos días está prevista la convalidación en el Congreso del Real Decreto-ley que incluye, entre otras medidas, el aplazamiento de los plazos de adaptación al sistema Verifactu. Todo apunta a que el decreto será aprobado, al formar parte de un paquete normativo más amplio que cuenta con un respaldo suficiente.
Es importante destacar que no se trata de una cancelación de Verifactu, sino de una prórroga de los plazos de adaptación:
- 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2027 para el resto de contribuyentes.
Esta será la segunda prórroga desde la aprobación del calendario inicial, tras la ya concedida en abril de 2025 debido a la publicación tardía de la Orden HAC/1177/2024. En conjunto, la ampliación supone 18 meses adicionales para las empresas y 24 meses para el resto de contribuyentes.
Conviene recordar que esta prórroga no afecta a los fabricantes de software, que deberán seguir ofreciendo software certificado a partir del 29 de julio de 2025. En este sentido, Corus Cloud continúa avanzando en su adaptación para cumplir plenamente con los requisitos técnicos y normativos establecidos.
Los contribuyentes acogidos al SII (ya sea de forma voluntaria o por su inclusión en el REDEME) deberán, en principio, continuar utilizando este sistema el próximo ejercicio, dado que el plazo para renunciar mediante declaración censal finalizó el 30 de noviembre.
Para aquellas empresas y profesionales que aún no hayan iniciado el proceso de adaptación, esta prórroga ofrece un margen adicional, si bien es recomendable aprovechar este tiempo para revisar y adecuar los procesos de facturación. Verifactu implica cumplir con el Reglamento de Facturación vigente desde 2012, lo que requiere una correcta adaptación operativa y tecnológica.
Por último, las empresas y autónomos que ya disponen de software certificado pueden mostrar el código QR en sus facturas como señal de transparencia, cumplimiento normativo y buenas prácticas. En el caso de los usuarios del SII, es recomendable incluir una leyenda informativa como: “Esta factura no incluye QR porque se declara mediante el SII”, evitando así posibles confusiones con clientes y terceros.
Desde Corus Cloud seguiremos informando puntualmente sobre cualquier novedad relacionada con Verifactu y acompañando a nuestros usuarios en su proceso de adaptación.
Fuente de información: Análisis publicado por Sergio Ramón Ruiz Mahillo, E-invoicing expert y Country Manager en B2Brouter, en su perfil de LinkedIn