Ampliación de plazos y cambios técnicos en la nueva normativa de facturación

El pasado 3 de abril de 2025, se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto que regula la implantación del sistema de facturación verificable, un marco normativo clave dentro de los esfuerzos de la Administración por mejorar el control tributario, promover la transparencia y reducir la economía sumergida. Este nuevo texto introduce modificaciones sustanciales tanto en los plazos de adaptación como en determinados aspectos técnicos del reglamento, ofreciendo así un mayor margen de maniobra a empresas, profesionales y desarrolladores de software.

⏳ Ampliación de plazos: más tiempo para adaptarse

Uno de los puntos más relevantes del nuevo decreto es la extensión de los plazos previstos inicialmente para la obligatoriedad de cumplir con los requisitos del sistema de facturación verificable. La ampliación responde a la necesidad de ofrecer mayor flexibilidad y facilitar una transición ordenada hacia el nuevo modelo:

  • 📌 Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades: deberán tener sus sistemas adaptados a partir del 1 de enero de 2026.

Esta ampliación tiene como objetivo principal reducir la presión sobre los agentes obligados, especialmente sobre aquellos con estructuras más pequeñas o con menor capacidad tecnológica, y favorecer un proceso de implementación más eficiente y ordenado.

🛠 Cambios técnicos orientados a la eficiencia y simplificación

Además de los nuevos plazos, el decreto introduce ajustes normativos en los artículos 4 y 6 del reglamento, centrados en aligerar las cargas administrativas y optimizar el uso de los recursos públicos:

  • 🔹 Se busca minimizar los costes indirectos asociados a la implantación del sistema, especialmente para autónomos y pequeñas empresas.
  • 🔹 Se fomentan mecanismos que permiten un uso más racional y sostenible de los recursos tecnológicos y humanos por parte de la Administración.
  • 🔹 Se promueve una mayor claridad normativa y se facilita la interpretación y aplicación práctica de los requisitos técnicos por parte de desarrolladores y usuarios finales.

📅 Entrada en vigor

El decreto entró en vigor el 3 de abril de 2025, al día siguiente de su publicación en el BOE. A partir de esta fecha, se inicia oficialmente el nuevo calendario de implantación y los desarrolladores de software cuentan ya con el plazo de nueve meses para iniciar sus adaptaciones.


En Corus Cloud seguimos comprometidos con ofrecer soluciones tecnológicas avanzadas que respondan a las exigencias normativas actuales y futuras. Nuestro equipo ya está trabajando en la actualización de nuestras plataformas para garantizar que todos nuestros clientes cuenten con herramientas totalmente adaptadas y en cumplimiento con la nueva regulación en materia de facturación electrónica verificable.

Para más información sobre cómo prepararte para este cambio normativo o para conocer nuestras soluciones, no dudes en contactar con nosotros.