En este vídeo vamos a ver cómo manejar las operaciones que deben ser registradas como sujetas al IVA. Estas operaciones pueden ser intracomunitarias o, en el caso de empresas de informática, las operaciones que realizamos como revendedores para portátiles y tablets en las que no se abona el IVA en la compra.
El primer paso es asegurarnos de tener una cuenta contable destinada a acumular el IVA soportado y el IVA repercutido del sujeto pasivo. Aunque no es imprescindible, es recomendable.
Nos dirigimos a contabilidad, ficheros, plan contable 2008 y aquí seleccionamos, por ejemplo, 472.30 para el IVA soportado del sujeto pasivo y 477.30 para el IVA repercutido del sujeto pasivo.
El segundo paso es crear el proveedor al que estamos comprando bajo este régimen de IVA. Nos dirigimos a ficheros proveedores y creamos el proveedor, indicando que es un sujeto pasivo en datos contables.
¿Por qué es un sujeto pasivo? Porque tiene asignado un tipo de IVA, la clave 22, que corresponde a un tipo de IVA de sujeto pasivo. Si vamos a tipos de IVA en ficheros, podemos ver el tipo de IVA 22 y sabemos que es de este tipo porque está asignado a las cuentas contables que hemos creado anteriormente y que hemos marcado como IVA comunitario o sujeto pasivo.
Una vez asignado este tipo de IVA al proveedor, el programa sabe que este proveedor debe tratarse bajo este régimen de IVA.
El tercer paso es asignar un cliente para el IVA repercutido. Creamos un cliente para acumular el IVA repercutido de estas facturas de compra. Nos dirigimos a ficheros clientes y creamos un cliente nuevo que utilizaremos solo para este propósito. Preferiblemente, asignamos un cliente para cada proveedor, aunque podría ser único para todos los proveedores. Asignamos la cuenta contable correspondiente al cliente y la cuenta de cliente auto-repercutido.
Al generar una factura de compra o albarán, el programa calculará el IVA correspondiente según el régimen de sujeto pasivo. Si el producto está sujeto a este régimen, el programa aplicará un IVA del 0% y el total del albarán no tendrá IVA.
Al facturar, el programa generará la factura sin IVA. Sin embargo, el asiento contable generado tendrá el IVA soportado y repercutido correspondientes.
Esto nos permite declarar las operaciones sujetas a este régimen trimestralmente o al registrar el IVA. Además, si no queremos utilizar las facturas de compra para generar un asiento contable, podemos hacerlo directamente desde el asistente de gastos en contabilidad, donde el programa se comportará de la misma manera.
En resumen, este proceso nos permite manejar las operaciones sujetas al régimen de sujeto pasivo de IVA de manera adecuada y eficiente en nuestro sistema contable.